viernes, 27 de noviembre de 2009

En defensa de la Constitución


Como si fuese un periódico catalán, yo tampoco tengo problemas en reproducir editorales ajenos cuando estoy de acuerdo con ellos. O básicamente de acuerdo. Este comentario sobre el Tribunal Constitucional y su aún hipotética sentencia sobre el estatuto de Cataluña lo pasa el Foro Ermua:

EN DEFENSA DE LA CONSTITUCIÓN


EL FORO ERMUA RESPONDE AL EDITORIAL CONJUNTO DE DOCE PERIÓDICOS CATALANES SOBRE LAS DELIBERACIONES DEL T.C.


Bilbao 26 de Noviembre de 2009

Doce periódicos catalanes han coordinado sus posiciones para aumentar la presión al Tribunal Constitucional ante la Sentencia sobre el nou Estatut. Renuncian así a su independencia, se ponen al servicio de determinados poderes políticos locales y se acercan a un modelo de prensa más propio del franquismo que de una democracia.

El editorial resulta tan burdo que funciona a modo de boomerang contra quienes lo suscriben; es el mejor ejemplo de cómo la constitucionalidad del Estatut es indefendible con argumentos jurídicos y sólo mediante la coacción y la presión política tiene posibilidades de superar el filtro del Constitucional.

Ampuloso y frívolo al considerar que es nada menos que la dignidad de Cataluña la que está en juego con la Sentencia del nou Estatut, el editorial no explica cómo es posible que sólo un 35,78 % de los ciudadanos de Cataluña con derecho a voto apoyara un texto en el que, según su propia hipérbole, radica su dignidad.

En todo caso en poco valora su dignidad quien la hace depender de una resolución sobre la inadecuación a la Constitución de su Estatuto autonómico en lugar de hacerla residir en el nivel de libertad de sus ciudadanos, en su solidaridad, en su capacidad para aportar al bien común o en la justicia de sus actos.

El editorial demuestra desconocimiento o mala fe y ánimo de desinformar cuando denuncia que el Tribunal Constitucional se va a convertir en una cuarta Cámara. Nada más falso. La función del Constitucional es bien clara : tiene que controlar el funcionamiento de las Cámaras y determinar si la normativa aprobada se adecua a la Constitución. Para eso fue creado y ésa es la función que debe cumplir frente a cualquier Ley, incluida la Orgánica del nou Estatut. Pretender lo contrario por el mero hecho de que una Ley haya sido aprobada por el Parlamento español y el catalán y refrendada por los ciudadanos catalanes es propio del populismo más antidemocrático: cuando el derecho no ampara, se viola la legalidad mediante la demagógica apelación al “pueblo”. No es nada nuevo, pero ése no es el sistema que las democracias reales nos hemos impuesto. Nuestros ordenamientos no son inmutables, pero existen unos procedimientos para su reforma que no pueden ser trampeados.

Porque lo que está pidiendo el editorial es que nos olvidemos de lo que dice la Constitución y que se dé el visto bueno al texto por motivos políticos. No argumenta de manera alguna sobre la hipotética constitucionalidad del nou Estatut, limitándose a anunciar grandes males si se declara inconstitucional y a calificar de irreductibles a los magistrados que no se muestran propicios a sus intereses. Desde el FORO ERMUA consideramos francamente positivo mostrarse irreductible si de lo que se trata es de oponerse a una mutación constitucional a través de la aprobación de un Estatuto. Y esta irreductibilidad sería positiva tanto porque supone una defensa de la Constitución y, por tanto, del Estado de Derecho, como porque en este caso beneficia a los ciudadanos al mantener espacios comunes con mayores oportunidades, más derechos, más igualdad y más libertad.

El dilema, como dice el editorial, se plantea entre avance o retroceso, poniéndose en juego la propia dinámica constitucional y el marco de convivencia que los españoles nos dimos.

Sin duda estaríamos ante un grave retroceso y una quiebra de la dinámica constitucional si se aceptara que Cataluña es una nación política cuando la Constitución diferencia claramente (arts. 1 y 2) entre la nación (considerada como ámbito de soberanía política) y nacionalidades (consideradas como ámbitos con particularidades históricas y culturales relevantes), sería un retroceso y rompería con lo dispuesto en la Constitución si se aceptara romper la unidad del poder judicial español que queda establecida sin duda alguna (arts. 117.5, 122, 123, 125 y 149.1 5ª) en la Constitución, sería un retroceso y rompería con lo dispuesto en la Constitución aceptar la obligatoriedad del catalán cuando la Constitución establece únicamente la obligación de conocer el castellano (Art. 3.1), habiéndose excluido expresamente la obligación de conocer las lenguas regionales en el debate constitucional al rechazar una enmienda en ese sentido del Sr. Trías Farga porque “sería clara la discriminación y sería romper el principio de libertad de comunicación y establecimiento de todos los españoles, incluso los funcionarios” (Diario de Sesiones nº 104, 5/7/78, pág. 3856), también sería un retroceso y rompería con lo dispuesto en la Constitución aceptar levantar difusas barreras entre los españoles, romper la unidad de los cuerpos de notarios, jueces, secretarios judiciales, registradores, etc., restringir la competencia del Parlamento para la realización del presupuesto, aceptara terminar con la igualdad en los derechos básicos de los españoles, romper los mercados laborales, o que las relaciones entre España y Cataluña se sometan al principio de bilateralidad, olvidando así la pluralidad de España que está compuesta por diecisiete autonomías y reduciendo el papel del Estado central al de mero coordinador entre diecisiete miniestados. Esos son los riesgos reales de retroceso y ruptura del marco de convivencia al que nos enfrentamos.

Tampoco conviene olvidar que frente a lo que pretende el editorial no será el TC cumpliendo con su deber quien rompa con la dinámica constitucional, sino que ha sido el propio procedimiento para la aprobación del nou Estatut el que ha roto la dinámica propia de la Transición donde los acuerdos sobre el marco jurídico básico eran adoptados por consenso. Por primera vez desde 1978 se ha aprobado un texto estatutario sin acuerdo entre los dos grandes partidos nacionales que representan a más del 80% de los españoles, con el rechazo expreso del 44,64% del Parlamento nacional y con un fuerte rechazo popular tanto en Cataluña como en el resto de España.

El unísono editorial no niega que se esté tratando de mutar la Constitución a través de un mero Estatuto de autonomía, pero exige que no se frene esta maniobra. Apela, como no podía ser de otra manera, no a argumentos jurídicos sino al miedo, anunciando problemas para la convivencia y respuestas por parte de Cataluña. Desde el FORO ERMUA podemos asegurar que una Sentencia acorde con la Constitución no provocará ningún problema grave de convivencia; el riesgo para la convivencia no se encuentra en una Sentencia ajustada a la Constitución, sino precisamente en la falta de respeto del marco constitucional. Las amenazas del nacionalismo siempre quedan en nada, entre otras cosas, porque ellos son los primeros beneficiados del sistema que pretenden torpedear. Por otro lado, los unánimes editorialistas no están legitimados para hablar en nombre de Cataluña, puesto que sólo son representantes de intereses más cercanos a la estructura caciquil del Antiguo Régimen que a los intereses de los catalanes: no olvidemos que el 64,22 % de los ciudadanos de Cataluña no apoyó el nou Estatut.

Por mucho que lo exija una docena de periódicos cuya independencia han sacrificado a favor del poder político, el Estado de Derecho no debe someterse a los intereses de unos pocos. No se trata de mirar airadamente a la identidad catalana como pretende el editorial. No hay nada más fácil que inventarse un enemigo para no tener que debatir con el adversario real y nada más fácil para ocultar los intereses propios que identificarlos con el de todos los ciudadanos.

La oposición al Estatuto de Cataluña de 2006 no tiene nada que ver con la animadversión hacia Cataluña ni hacia el catalán. De lo que se trata es de oponerse a discursos propios de los reaccionarios antidemocráticos del siglo XIX y a la reducción de derechos de los ciudadanos. Se trata, precisamente, de preservar en beneficio de todos el marco de convivencia fijado por la Constitución y que es puesto en peligro por el nou Estatut. Es este marco de convivencia el que tiene que defender el Constitucional. Es la libertad de los españoles, incluidos los catalanes, para establecerse sin barreras difusas en cualquier lugar de España y para optar por la educación y lengua que deseen, es la igualdad de derechos y la solidaridad interterritorial, es la unidad del poder judicial, es un Estado con competencias y medios para funcionar eficazmente, es España como ámbito de decisión común y de unidad frente al exterior, son los acuerdos alcanzados en la Transición los que deben ser protegidos y son las presiones desde el nacionalismo y parte del partido socialista las que ponen en peligro estos acuerdos.

El Tribunal Constitucional tiene la obligación de dictar ya una Sentencia fundada en derecho y que proteja el espíritu y la letra de la Constitución. Seguir retrasando la Sentencia sólo conllevará un mayor desprestigio del Tribunal, un aumento de las presiones y un incremento de las dificultades para revertir la normativa dictada al amparo de una norma inconstitucional. La situación resulta ya insostenible.


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